INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS (COMPATIBILIDAD)
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¿CUÁNTAS INFRACCIONES DE LAS MENCIONADAS SERÍAN SANCIONABLES EN DICHO SUPUESTO?
INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS (COMPATIBILIDAD)
Hola a todos, os propongo el siguiente ejercicio a ver si alguien puede aclarar algunos aspectos del mismo:
SUPUESTO:
"PENSA" ha presentado fuera de plazo, y atendiendo al segundo requerimiento formulado por la Administración, la declaración de operaciones con terceras personas (modelo 347) con información relativa a 25 clientes y 25 proveedores por importe de 30.000 euros y 20.000 euros respectivamente. Se observa que a varios clientes se les ha imputado un total de 1.000 euros cuando la cantidad correcta es de 21.000 euros.
PREGUNTAS
A) Determinar la sanción a imponer por presentación fuera de plazo.
B) Determinar la sanción a imponer por datos incorrectos contenidos en la información.
c) Determinar la sanción a imponer por incumplimiento del requerimiento.
SOLUCIONES PROPUESTAS:
A) SANCIÓN A IMPONER POR LA PRESENTACIÓN FUERA DE PLAZO.
Infracción del artículo 198 de la LGT: Infracción LEVE por no presentar en plazo autoliquidaciones.
Sanción = 20 € x 50 = 1.000 €
B) SANCIÓN A IMPONER POR LOS DATOS INCORRECTOS CONTENIDOS EN LA DECLARACIÓN.
Infracción del artículo 199 de la LGT: Infracción GRAVE, por presentar de forma incompleta, inexacta o con datos falsos autoliquidaciones o declaraciones, siempre que no se produzca perjuicio económico a la Hacienda Pública.
Sanción = 20.000/70.000 = 28,57% => > 25% e < 50%, multa pecuniaria del 1%, mínimo 500 €
1% x 20.000 = 200 euros. Como es menor de 500 se toma 500 €.
C) SANCIÓN A IMPONER POR EL INCUMPLIMIENTO DEL PRIMER REQUERIMIENTO.
Infracción del artículo 203 de la LGT: infracción tributaria por resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la Administración tributaria.
CUESTIONES PLANTEADAS:
1) ¿En el caso que nos ocupa se impondrían la 3 sanciones simultáneamente?
Se puede contestar respondiendo a la encuesta o si es necesario explicando en este mismo lugar.
SUPUESTO:
"PENSA" ha presentado fuera de plazo, y atendiendo al segundo requerimiento formulado por la Administración, la declaración de operaciones con terceras personas (modelo 347) con información relativa a 25 clientes y 25 proveedores por importe de 30.000 euros y 20.000 euros respectivamente. Se observa que a varios clientes se les ha imputado un total de 1.000 euros cuando la cantidad correcta es de 21.000 euros.
PREGUNTAS
A) Determinar la sanción a imponer por presentación fuera de plazo.
B) Determinar la sanción a imponer por datos incorrectos contenidos en la información.
c) Determinar la sanción a imponer por incumplimiento del requerimiento.
SOLUCIONES PROPUESTAS:
A) SANCIÓN A IMPONER POR LA PRESENTACIÓN FUERA DE PLAZO.
Infracción del artículo 198 de la LGT: Infracción LEVE por no presentar en plazo autoliquidaciones.
Sanción = 20 € x 50 = 1.000 €
B) SANCIÓN A IMPONER POR LOS DATOS INCORRECTOS CONTENIDOS EN LA DECLARACIÓN.
Infracción del artículo 199 de la LGT: Infracción GRAVE, por presentar de forma incompleta, inexacta o con datos falsos autoliquidaciones o declaraciones, siempre que no se produzca perjuicio económico a la Hacienda Pública.
Sanción = 20.000/70.000 = 28,57% => > 25% e < 50%, multa pecuniaria del 1%, mínimo 500 €
1% x 20.000 = 200 euros. Como es menor de 500 se toma 500 €.
C) SANCIÓN A IMPONER POR EL INCUMPLIMIENTO DEL PRIMER REQUERIMIENTO.
Infracción del artículo 203 de la LGT: infracción tributaria por resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la Administración tributaria.
CUESTIONES PLANTEADAS:
1) ¿En el caso que nos ocupa se impondrían la 3 sanciones simultáneamente?
Se puede contestar respondiendo a la encuesta o si es necesario explicando en este mismo lugar.
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